Un despido o una incapacidad sobrevenida son de los momentos con más impacto económico en la vida laboral de alguien, y también de los que generan más dudas: cuántos días de indemnización tocan, quién decide el grado de incapacidad, y qué plazos hay que respetar para reclamar.
Indemnización por despido: cómo se calcula
El Estatuto de los Trabajadores distingue varios tipos de despido. En el despido objetivo o disciplinario declarado procedente, la indemnización legal es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades (artículo 53 ET). Si el despido se declara improcedente, la indemnización sube a 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, para los contratos posteriores al 12 de febrero de 2012; para la antigüedad anterior a esa fecha se aplican 45 días por año con el tope de 42 mensualidades (disposición transitoria 5ª de la Ley 3/2012), lo que hace que trabajadores con contratos muy antiguos tengan un cálculo mixto. Puedes simular tu caso exacto, con fecha de inicio de contrato y salario, en la calculadora de indemnización por despido.
Plazos para reclamar un despido
Si no estás de acuerdo con tu despido, el plazo de caducidad para actuar es muy corto: 20 días hábiles desde la notificación para presentar papeleta de conciliación ante el organismo correspondiente (SMAC o equivalente autonómico) y, si no hay acuerdo, demanda ante el Juzgado de lo Social. Dejar pasar ese plazo, aunque sea por pocos días, suele hacer que pierdas el derecho a reclamar, así que ante la duda conviene actuar rápido y con asesoramiento de un graduado social o abogado laboralista.
Incapacidad permanente: grados y cuantías
Cuando una enfermedad o lesión reduce de forma previsiblemente definitiva tu capacidad de trabajo, el INSS puede reconocer distintos grados de incapacidad permanente: parcial (pago único de 24 mensualidades), total (55 % de tu base reguladora, o 75 % si tienes 55 años o más y se reconoce la cualificación), absoluta (100 %) y gran invalidez (100 % más un complemento por necesitar ayuda de otra persona). El grado no lo eliges tú, lo determina el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) tras un procedimiento con informe médico, según los artículos 193 a 200 de la Ley General de la Seguridad Social. Puedes estimar la cuantía orientativa según tu salario y edad en la calculadora de incapacidad permanente.
Qué hacer si necesitas liquidez tras perder tu empleo
Es habitual recurrir a tarjetas de crédito revolving en periodos de menores ingresos, pero conviene vigilar el TAE: la jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 628/2015 y STS 149/2020) considera usurarios los tipos que superan notablemente el interés normal del dinero para ese producto. La calculadora de revolving y usura compara el TAE de tu tarjeta con el tipo medio de mercado y te avisa si podría ser reclamable.
En todos estos casos, la cifra que obtienes con una calculadora es un punto de partida orientativo: la cuantía final depende de tu convenio colectivo, tu base reguladora exacta y, en caso de desacuerdo, de lo que resuelva el organismo o el juzgado competente.